Una jornada sobre el régimen comunitario en materia de Extranjería despierta el interés de los colegiados

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El Colegio de Abogados de Granada registró el pasado 12 de noviembre un aforo completo durante la jornada organizada por el Grupo Especializado en Extranjería en la que Ana María Torres, vicepresidenta de la agrupación, profundizó en el régimen comunitario regulador de la situación de los ciudadanos de la Unión Europea y sus familiares.

Bajo el título 'Familiares de la Unión Europea. Dependencia económica, familia extensa y procedimientos de expulsión', la letrada comenzó su intervención explicando los distintos regímenes contemplados en el Derecho de Extranjería: el régimen comunitario y sus familiares, el régimen de las personas titulares de derecho de asilo, refugio y protección internacional; el de emprendedores y el régimen general, donde se encuentran todos los demás casos. “Es fundamental conocer cuál es cada uno y las circunstancias que hacen que a un extranjero se le aplique uno y otro, porque absolutamente todo va a depender de eso”, afirmó Torres, acompañada por la presidenta del Grupo de Extranjería, Gloria Gámez.

Tras puntualizar que no se trata de regímenes estancos, la abogada especializada detalló el ámbito de aplicación del comunitario, explicando a los asistentes a la jornada –presencialmente o de forma online- a quién va dirigido y quiénes van a entrar dentro de este régimen. Se refirió así a la familia, compuesta por el cónyuge, la pareja registrada y los hijos menores de edad, señalando los requisitos que se deben cumplir para la residencia –como el de inscripción o el de reunión o acompañamiento-, así como a los supuestos en los que se puede ampliar la aplicación a otros familiares a cargo (descendientes mayores de 21 años, ascendientes y familia extensa), las circunstancias necesarias en cada caso y los tipos de prueba documental que pueden presentarse para acreditarlas. Por último, la ponente también desglosó las condiciones que debe reunir el ciudadano de la Unión Europea para que se pueda otorgar la residencia.

A continuación, Torres planteó a los letrados qué ocurre cuando dejan de cumplirse los requisitos por fallecimiento, divorcio o nulidad del matrimonio, en qué supuestos se mantiene la residencia de los familiares y cómo se desarrolla el procedimiento de expulsión por razón de orden público, seguridad pública o salud pública. “Es totalmente diferente a la expulsión del régimen general; una estancia irregular jamás podrá sancionarse con expulsión en el caso de un ciudadano del territorio comunitario, aclaró la experta, que prosiguió pormenorizando las condiciones que deben darse para dicha expulsión, para dar paso, por último, a un turno de preguntas de los asistentes.

Puede ver el vídeo de la jornada, en este enlace.