Regulación y jurisprudencia de la prueba electrónica, en una jornada del Grupo de Derecho Penal y Penitenciario

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Las novedades legislativas en torno a la prueba electrónica introducidas por la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, ha sido el tema abordado por Juan Carlos Cuenca Sánchez, magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, durante una jornada organizada por el Grupo Especializado de Derecho Penal y Penitenciario del Colegio de Abogados de Granada.

Ante un Salón de Actos repleto de asistentes, el ponente se refirió tanto regulación “novedosa y extensa” surgida tras la reforma, como a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de varios tribunales españoles, que ya han interpretado esta doctrina. En este sentido, Cuenca Sánchez profundizó en los supuestos de intervención de comunicaciones telefónicas y telemáticas y el uso de dispositivos de captación de imagen y sonido o el registro de equipos informáticos de forma directa y remota.

La actividad formativa, celebrada el pasado 13 de enero, viene a dar respuesta a un tema de extraordinaria actualidad, como es la prueba electrónica, en un escenario en el que los soportes de comunicación digital reformulan el ámbito jurídico y se incorporan con mayor frecuencia como prueba confiable en los procesos judiciales. “La nueva legislación facilita el valor probatorio de esas grabaciones porque establece unas reglas de juego a las que atenernos y que, hasta esa ley, no teníamos suficientemente desarrolladas; solo existía un tratamiento o desarrollo jurisprudencial, que es el que la norma viene a plasmar”, explicó el ponente.