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Los colegiados se forman sobre los límites entre infracción administrativa y delito de maltrato animal

- miércoles, 13 de marzo de 2019
- Formación, Grupos Especializados
Las infracciones administrativas y los delitos de maltrato animal analizados a través de casos prácticos constituyó el hilo conductor de la jornada celebrada por el Grupo Especializado en Derecho Ambiental y Animal del Colegio de Abogados de Granada en la mañana del 13 de marzo.
El evento formativo, el último que tendrá lugar dentro del mandato de la primera Junta Directiva de la agrupación, creada en 2016, fue presentado por el presidente del grupo, David Sánchez Chaves, y el decano del Colegio, Leandro Cabrera, que quiso asistir a la actividad y mostrar su apoyo, personal e institucional, a la materia. “Es un problema global, pero cada uno, desde su posición, debe aportar su granito de arena y, desde el Colegio, todo lo que sea formar e informar a los colegiados sobre este asunto resulta positivo”, señaló el decano.
Tras la introducción, la jornada continuó con el desarrollo de las dos ponencias previstas dentro de la iniciativa, si bien se propició la participación activa de los colegiados durante el acto. El encargado de abrir las intervenciones fue Emilio López Gallardo, jefe de servicio de Juego y Espectáculos Públicos de la Junta de Andalucía, que trató los 'Límites entre las infracciones administrativas y el delito de maltrato animal'. Comenzando con algunas pinceladas sobre las infracciones y sanciones en materia de animales de compañía recogidas en la Ley 11/2003, el ponente prosiguió explicando los límites entre infracciones administrativas y delito penal, en el caso de que haya maltrato grave o abandono, así como el procedimiento que se sigue en estos casos. “Tenemos que ponernos de acuerdo y tener una comunicación ágil entre Fiscalía y Juzgados y la Administración para determinar cuándo un hecho pueda ser constitutivo de delito o infracción administrativa y, en el primer caso, paralizar formalmente la vía administrativa, para que no se prescriban las actuaciones o caduquen los expedientes, a la espera de que se resuelva la vía judicial”, señaló el experto.