Las denuncias falsas y la dispensa del deber de declarar centran una jornada del Grupo de Violencia de Género

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El Grupo Especializado en Derecho de Violencia de Género del Colegio de Abogados de Granada organizó en la mañana del 22 de marzo una nueva acción formativa sobre esta materia en la que los letrados asistentes pudieron escuchar a dos ponentes de primer nivel.

En concreto, la actividad formativa contó con la presencia de Mª Gracia Rodríguez Velasco, fiscal delegada de Violencia sobre la Mujer de Jaén, y Antonio del Moral García, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, acompañados por la presidenta de la agrupación, Montserrat Linares, y el tesorero, Miguel Ángel Rosales.

Por su parte, Rodríguez Velasco impartió la charla 'La realidad de las denuncias falsas en la violencia de género', aportando las cifras que la Fiscalía maneja sobre estos casos desde hace años y recordando que estas se sitúan en el 0,001% del total de denuncias presentadas. Asimismo, la fiscal enfocó su intervención en la desmitificación de los principales argumentos que se aducen sobre por qué las mujeres denuncian en falso. Así, mediante datos objetivos, la experta desmontó ideas como que las mujeres que denuncian tienen beneficios en el proceso civil; que evitan, así, que el padre puede obtener la guardia y custodia de los hijos compartida o exclusiva; que tienen acceso a ayudas públicas; o que simplemente quieren hacer daño a la parte contraria.

Tras una pausa, la jornada –retransmitida también en streaming- continuó con la ponencia 'Acotaciones jurisprudenciales sobre la dispensa del deber de declarar de familiares', en la que Del Moral García, explicó las disfunciones que genera en los delitos de violencia contra la mujer la dispensa genérica existente en el ámbito penal por la que los familiares no están obligados a declarar en contra de sus allegados. “Debido al tipo de relaciones que se entablan y el contexto en el que suelen suceder, hay un porcentaje muy alto de mujeres que, después de declarar, se acogen a este derecho y esto genera una bolsa de impunidad importante, porque falta prueba”, aseguró el magistrado. El ponente también comentó algunas de las orientaciones de la jurisprudencia en cuanto a esta dispensa, que se han ido matizando paulatinamente, como el que las víctimas no pudieran acogerse a este derecho (ya rectificado) o que se pueda condenar con las meras declaraciones (también rechazada). “Está claro para todos los operadores jurídicos que es un tema candente, porque uno de los agujeros en la lucha contra la violencia contra la mujer es esa dispensa”, afirmó el magistrado, quien apuesta, en su opinión, por suprimir el deber de juramente en estos casos, “dispensando de la amenaza de falso testimonio en caso de mentir, con lo que el material probatorio no quedaría inservible ni se pondría a la mujer o al familiar en ese conflicto de intereses”.

Puede ver el vídeo de la jornada, en este enlace.