Una jornada expone a los letrados el sistema de clasificación penitenciario y los permisos de salida

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El Grupo Especializado en Derecho Penal y Penitenciario del Colegio de Abogados de Granada celebró el 26 de abril una exhaustiva jornada sobre el ámbito penitenciario en la que, a través de tres ponencias distintas, se abordaron los aspectos más relevantes de esta rama jurídica desde un enfoque eminentemente práctico.

El encargado de abrir el turno de intervenciones fue Juan Antonio Rodríguez Avilés, funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias de la Oficina de Seguridad del Centro Penitenciario de Albolote, que abordó la temática de los permisos de salida. En concreto, el doctor en Derecho repasó los antecedentes y normativa aplicable en esta materia “propia del Derecho Penitenciario y relativamente moderna”, para continuar con la diferenciación entre los permisos ordinarios, extraordinarios y de fines de semana. “Mientras los permisos extraordinarios se conceden por razones de humanidad y dignidad personal, los ordinarios son un elemento fundamental en el tratamiento educador y reinsertador”, comentó el experto, que también explicó a los asistentes los requisitos de acceso a ellos y el procedimiento para solicitarlos. Asimismo, para suplir la ponencia de Pedro Andrés Joya, magistrado del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Granada, que no puedo asistir finalmente al acto, Rodríguez Avilés se refirió también a los recursos que se pueden interponer ante el juez de vigilancia penitenciaria.

Tras esta primera charla, tomó el relevo Carolina García Carvajal, psicóloga del Centro Penitenciario de Albolote, que profundizó en el principio de flexibilidad recogido en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. En este sentido, la profesional expuso el objetivo del nuevo sistema de clasificación, más subjetivo, flexible e individualizado y que tiene en cuenta las singularidades de cada sujeto, ponderadas por los profesionales de la Junta de Tratamiento, frente al modelo de progresión anterior, en el que se exigía que el reo pasara por todas las fases. “Al hablar del artículo 100.2, es necesario empezar citando el artículo 25 de la Constitución Española, en el que se establece que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social, lo que nos marca las directrices de la ejecución penal, que se va a hacer efectiva utilizando el sistema de la clasificación”, afirmó García Carvajal. A continuación, la ponente indicó los criterios de regresión que se tienen en cuenta para conceder cada tipo de grado.

Por último, los asistentes a la jornada –tanto en las sedes de Granada y Huéscar, como de forma online a través del Canal TV del Colegio- pudieron formarse sobre los criterios aplicables en el caso de las progresiones de grado, de la mano de Cristina Buján Daza, directora del CIS Matilde Cantos de Granada. La experta también compartió con los colegiados el funcionamiento de los Centros de Inserción Social y las características condiciones de cumplimiento que conllevan, culminando con una explicación sobre los elementos telemáticos, como la pulsera telemática, y sus requisitos para obtenerlos.

Puede ver el vídeo de la jornada en este enlace.