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La letrada Alicia Picossi expone cómo actuar en los casos de afectados por las tarjetas 'revolving'

- lunes, 23 de septiembre de 2019
- Formación, Grupos Especializados
Las tarjetas ‘revolving’ fue el tema elegido por el Grupo de Consumo del Colegio de Abogados de Granada para su última sesión del ciclo formativo ‘Consumo Gusto’, celebrada el pasado 23 de septiembre, contando para ello con la letrada Alicia Picossi Martín.
La ponente arrancó la jornada explicando en qué consisten estas tarjetas, unos créditos de entre 600 y 6.000 euros, generalmente, que son ofrecidos por diferentes entidades, como Wizink, Cetelem, BBVA o Bankinter, y que permiten la elección de la cuota, ofreciendo al mismo tiempo descuentos u ofertas en productos y servicios. Sin embargo, las tarjetas ‘revolving’ presentan un alto riesgo: falta de transparencia en su contratación; unos altos intereses; infinidad de comisiones ocultas; la reposición del capital amortizado en el crédito disponible e incluso la limitación de la cuota mensual, de forma que el cliente no puede amortizar nunca la deuda, llevando a que muchos de sus usuarios se encuentren en situaciones económicas delicadas. “Lo que nunca te dicen es que de esos 30 o 40 euros de cuota no vas a pagar casi nada de capital, por lo que la deuda va aumentando paulatinamente hasta encontrarte con que habías pedido un préstamo de 3.000 euros y, tras 10 años pagando, te quedan por pagar 9.000”, ejemplificó la abogada.
Esta situación, añadió, está abriendo un importante nicho de mercado para los abogados, superior al de las cláusulas suelo, porque, mientras que un ciudadano suele tener uno o dos créditos hipotecarios, en el caso de las ‘revolving’ es frecuente encontrar deudores que tienen 7 u 8 tarjetas. Por ello, Picossi compartió con los asistentes la dinámica y documentación que utiliza para presentar las reclamaciones extrajudiciales y las demandas en función de la situación del cliente o de la entidad financiera. “Hay que tener en cuenta, si el cliente tiene una cantidad elevada de deuda, no interesa que anulen el contrato, sino pedir la anulación cláusula a cláusula, pero si tiene una pequeña deuda que puede saldar fácilmente, es conveniente pedir la anulación y la restitución de cantidades”, puntualizó la experta, que también facilitó a sus compañeros las últimas sentencias en la materia.