El Colegio acoge la presentación de 'Los efectos derivados de las rupturas de las parejas de hecho'

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¿Qué ocurre cuando una pareja de hecho se disuelve o cuando uno de sus miembros fallece? A estas cuestiones da respuesta el libro ‘Los efectos derivados de las rupturas de las parejas de hecho’ (La Ley, Wolters Kluwer), del abogado Alejandro Andrés Martín Molina, una obra que fue presentada por el autor en el Colegio de Abogados de Granada.

“Es un libro muy fácil de leer, a pesar de su contenido jurídico, por lo que lo recomiendo”, comentó el secretario de la Junta de Gobierno, Guillermo Padilla, encargado de introducir el acto. Se trata de un análisis jurídico exhaustivo y muy práctico en torno a la pareja de hecho, que incluye la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina más acreditada.  “Es un libro que resuelve muchas dudas y al que se puede acudir para sustentar una demanda”, aseguró el autor del mismo.

En concreto, el doctor en Derecho aborda en ‘Los efectos derivados de las rupturas de las parejas de hecho’ cuáles son los elementos constitutivos que integran una pareja de hecho para que esta pueda desplegar efectos jurídicos, las distintas normas que conforman el marco regulatorio en esta materia y, por supuesto, las consecuencias que conlleva la separación de los miembros de la pareja en relación con los hijos o el derecho a pensión compensatoria, o qué ocurre tras la muerte de uno de ellos a efectos de pensión por viudedad, subrogación en el alquiler o herencia. “En cuanto a los hijos, está claro, porque se aplican las normas de Derecho Civil del matrimonio por interés del menor; los problemas pueden surgir con la pensión compensatoria, donde habría que acudir a otras figuras jurídicas distintas del matrimonio para reconocer esa posible indemnización, como enriquecimiento injusto o compensación por indemnización”, explicó Martín Molina.

No obstante, el experto puntualizó que se trata de una materia en constante evolución sobre la que no existe una normativa clara. “El problema es que las comunidades autónomas tienen regulado el régimen de las parejas de hecho, pero no pueden abordar determinadas cuestiones al no existir una legislación estatal”, aclaró el letrado.