El Grupo de Turno de Oficio y AJG organiza una jornada sobre el delito de tráfico de personas

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‘Mamadu’, uno de tantos inmigrantes que llegan a las costas españolas y acaban siendo condenados a prisión, fue el protagonista de la jornada organizada por el Grupo Especializado en Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita del Colegio de Abogados de Granada sobre el delito de tráfico de personas, en la que intervino el magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA Miguel Pasquau.

Acompañado por la presidenta y la tesorera de la agrupación, Sacramento Gómez Montalbo y Mercedes López Cantón, el magistrado utilizó este ejemplo paradigmático para exponer el devenir habitual en los casos en los que uno de los ocupantes de la patera es señalado por un testigo protegido como el patrón de la embarcación y acaba siendo condenado a seis años y seis meses de cárcel, en la mayoría de los supuestos, por tráfico de personas con la agravante de riesgo físico de las personas.

“Con motivo del ejercicio jurisdiccional, empezaron a llegar recursos de apelación relativos a este tipo de delitos y tengo que confesar que me entró una importante incomodidad, porque apreciaba que se habían ido consolidando una serie de rutinas policiales y judiciales, probablemente no demasiado respetuosas con los límites naturales del Derecho Penal, y una serie de rutinas en el protocolo de los abogados que asisten a estas personas que dejaban la causa con muy pocas posibilidades de ser enderezada a favor del acusado”, explicó Pasquau como motivación de la elección de esta temática. “Me preguntaba si no estábamos siendo injustos, en más de una ocasión, sin que nos importase demasiado, y si no estábamos creando una especie de Derecho Penal ‘low cost’ para la inmigración”, lamentó el ponente.

Su crítica se basó en dos problemáticas principales en este frecuente modo de proceder: la presunción de inocencia y la aplicabilidad de la puesta en peligro de la vida de las personas. En el primero de los puntos, el magistrado calificó la prueba de cargo como “debilísima”, pues está basada en una prueba preconstituida –ya que el testigo de cargo no suele comparecer en el juicio- y en la que cuesta determinar si ha habido alguna motivación espuria –pues este testigo recibe el permiso de residencia por su colaboración-. No obstante, sobre la base de la jurisprudencia del Supremo y el Constitucional, esta prueba no vulnera la presunción de inocencia y, por tanto, “para absolver al cliente hay que seguir convenciendo al tribunal de que ha habido algo más”.

En cuanto a la agravante por la puesta en peligro de la vida de los otros ocupantes de la patera, Pasquau insistió en su importancia, debido a que supone un incremento de pena equivalente a un homicidio imprudente. “Existe sentencias contradictorias, pues algunas hablando de peligros abstractos –como es ir en una patera- y otras exigen prueba de que se haya producido efectivamente ese riesgo”, señaló el experto, matizando que en este aspecto si se han revocado algunas sentencias, si lo permitía el recurso de apelación, al solicitar la aplicación del subtipo atenuado, o porque se ha pedido el indulto parcial.

Para mejorar el sistema y rebajar la “automatización” que se ha extendido en este tipo de casos, Pasquau terminó su intervención aportando a los letrados algunos consejos sobre cómo pueden prestar una mejor asistencia jurídica a estas personas y sobre qué información deben recabar para ganar credibilidad y conseguir una defensa más eficaz. “Es muy importante informar de qué se están jugando, porque se piensan que se están jugando mucho menos y se limita a la expulsión”.

Puede ver el vídeo de la jornada en este enlace.