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La Abogacía granadina reclama que la Asistencia al Detenido se realice por teléfono o videoconferencia
- lunes, 16 de marzo de 2020
- 1. Institucional
Dado que el estado de alarma declarado por el Gobierno no supone la suspensión del derecho de asistencia jurídica y defensa de los detenidos, la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Granada ha adoptado nuevas medidas preventivas frente a la propagación del virus COVID-19 dirigidas a garantizar la seguridad del colectivo que presta el servicio de guardias derivadas de la Asistencia Jurídica Gratuita.
En concreto, la Corporación ha acordado:
- Suspender la limitación de la cesión de guardias durante este periodo y hasta que sea anunciado nuevamente.
- Suspender igualmente la limitación de cambio de guardias por partido y especialidad, de forma que una guardia de cualquier partido y especialidad podrá cambiarse por otra de diferente partido y/o especialidad.
- Invitar a los letrados a que soliciten a las autoridades judiciales y policiales que la asistencia jurídica a los detenidos y a las víctimas de violencia de género se realice por vía telefónica o videoconferencia y, en caso de no ser posible, exigir que se cumplen unas mínimas condiciones de seguridad y salud en las funciones de la guardia, de modo que se respete una distancia mínima de al menos 1,5 metros entre las personas y se proporcionen, al menos, mascarilla y guantes, si el letrado no ha podido obtenerlas por otros medios.En este sentido, cabe recordar que el acuerdo con el Decanato de los Juzgados de Granada para que la asistencia al detenido sea realizada directamente desde el juzgado de guardia, sin necesidad que el letrado tenga que desplazarse al centro de detención, y desde allí pueda entrevistarse con el detenido por vía telefónica y llevar a cabo la declaración por videoconferencia.
- Comunicar al censo la opción de negarse a prestar dicha asistencia jurídica, a su criterio, en el caso de que no se reúnan las condiciones higiénico-sanitarias antes mencionadas. En este supuesto, el Colegio amparará a los abogados que adopten tan excepcional decisión a través del correo electrónico incidenciaguardia@icagr.es.
Para dar cumplimiento a estas medidas preventivas, la Abogacía granadina también ha remitido un escrito a la Subdelegación del Gobierno en Granada, trasladándolo también al presidente de la Audiencia Provincial, en el que reclama que la asistencia jurídica a los detenidos y a las víctimas de violencia de género se realice de forma prioritaria mediante comunicación telefónica o videoconferencia.
Así, la Abogacía granadina insta a Subdelegación a que informe a los Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, en sus distintas comisarías, puestos y lugares de detención de que:
- El funcionario secretario del atestado o diligencias, o el agente encargado de su confección, comunique con el abogado designado sin necesidad de su desplazamiento y actuación en la dependencia o lugar de detención, consignando sus datos y cuantas otras circunstancias tenga que hacer constar.
- La asistencia y comunicación del detenido con el abogado se realice mediante comunicación telefónica o por videoconferencia, respetando en todo caso la confidencialidad de las comunicaciones entre los detenidos y sus letrados. A tal efecto se intentará que todas las asistencias a detenidos se realicen en dependencias judiciales, renunciando al derecho a prestar declaración en sede policial, previa conversación telefónica entre letrado y detenido.
- En caso de decidirse, de manera excepcional, que es imprescindible e inaplazable la presencia del abogado en las dependencias policiales o cuarteles, o lugar de detención y/o depósito de los detenidos, se facilite y estén a disposición del mismo cuantos elementos profilácticos sean necesarios para garantizar la salvaguarda de la salud del abogado y de los que intercomuniquen con él.
Esta decisión, en la línea con las exigencias planteadas por el Consejo General de la Abogacía Española, es indispensable para los abogados que tengan que asistir a detenido, a fin de evitar la propagación del virus, infección de instalaciones, exposición a la ciudadanía y el recíproco contagio entre cuerpos de seguridad, detenidos y profesionales. La Corporación recuerda que la resolución del Secretario de Estado de Justicia sobre servicios esenciales de la Administración de Justicia ha acuerda la reducción de servicios a lo que ha denominado "servicios esenciales", recomendando medidas profilácticas y facilitar elementos de protección, mascarillas gel, etc., limitando el acceso a las dependencias judiciales de detenidos y profesionales que solo acudirán para cuando excepcionalmente se decida.