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La Abogacía granadina exige la ampliación de los plazos de presentación de liquidaciones y declaraciones tributarias
- miércoles, 1 de abril de 2020
- 1. Institucional
El Colegio de Abogados denuncia que las restricciones a la movilidad impiden que los clientes puedan acceder y hacer entrega a los letrados de los documentos contables precisos
La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Granada, a iniciativa del Grupo Especializado de Derecho Tributario, insta al Gobierno a que amplíe los plazos ordinarios de presentación de las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias, dada la excepciones situación en la que se encuentra inmerso el país.
A través de un documento remitido a la Subdelegación del Gobierno en Granada –para que lo traslade al Ministerio correspondiente-, la Abogacía granadina denuncia que los plazos tributarios no han sido modificados. Sin embargo, el endurecimiento de las medidas de confinamiento, con la limitación total de movimientos salvo los de los trabajadores de actividades esenciales, que entró en vigor mañana día 30 de marzo hasta el próximo día 9 de abril, impide que los empresarios y particulares puedan desplazarse hasta las empresas o lugares donde tienen centralizados sus documentos contables y, posteriormente, hasta los despachos de sus abogados para entregarles la documentación necesaria para la correcta confección de las autoliquidaciones y declaraciones informativas que se encuentran obligados a presentar.
Como consecuencia, el colectivo profesional se ve imposibilitado para realizar su trabajo con las máximas garantías y diligencia debida. “Las consultas telefónicas o la utilización de redes informáticas para poder desarrollar nuestros encargos profesionales no son suficientes en estos casos para una responsable actuación por nuestra parte”, señala el escrito.
Por ello, el Colegio de Abogados de Granada exige a las autoridades competentes la ampliación de los plazos ordinarios de presentación de las autoliquidaciones mensuales y trimestrales correspondientes al primer trimestre del ejercicio 2020, de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados, de las declaraciones informativas y de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Asimismo, reclama la equiparación del plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades al establecido para la formulación de las Cuentas Anuales de 2019, ya que el mismo ha sido ampliado a cuatro meses con posterioridad a la finalización del estado de alarma y, en consecuencia, al ir directamente ligados una operación con la otra, sería lógico ampliar el plazo de dicho Impuesto.