Una jornada online resuelve las dudas del nuevo procedimiento especial y sumario en Derecho de Familia

Jornada Familia COVID UN.jpg

El estado de alarma ocasionado por el COVID-19 en España ha generado una importante problemática dentro de las relaciones familiares, relativas al régimen de custodia, visitas de menores o pensiones de alimentos, que va a dar lugar a una intensa actividad procesal a partir de la reactivación del sistema de justicia.

Entra en juego el Real Decreto-Ley 16/2020 de 28 de abril, en el que se incorpora una regulación ‘ex novo’ de un procedimiento especial y sumario para la resolución de cuestiones relativas al Derecho de Familia directamente derivadas de la crisis sanitaria. Ante esta novedad normativa, el Grupo Especializado en Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Granada organizó el 2 de junio una jornada online para abordar las posibles dudas que el decreto genera.

Como ponente, la acción formativa contó con Rosalía Fernández Alaya, magistrada de la Audiencia Provincial de Las Palmas, presentada por la presidenta de la agrupación, María Teresa Morales Zubeldia, y la tesorera-bibliotecaria, Margarita Manzano Enríquez de Luna.

“El virus no discrimina, pero su impacto sí”, comenzó exponiendo la invitada, en referencia a la afección que la pandemia ha provocado en el ámbito del Derecho de Familia y de las relaciones familiares, con especial incidencia en las relaciones parento-filiales. “No conocíamos muy bien cómo debíamos actuar, ni los jueces, ni los abogados, y esta situación de desconcierto inicial ha dado lugar a unas situaciones a las que debemos procurar dar solución”, añadió Fernández Alaya.

En este sentido, la interviniente desglosó el nuevo procedimiento de familia especial, sumario y de duración determinada dirigido a demandas sobre el restablecimiento del equilibrio de régimen de visitas o custodia compartida, la revisión de medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, las pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos y el establecimiento o revisión de la obligación de prestar alimentos.

Asimismo, la ponente habló sobre la competencia en estos procesos, el procedimiento a seguir y la temporalidad, destacando en el último punto la contradicción en la que incurre el decreto en sus artículos 3 (que recoge una vigencia de hasta tres meses después del estado de alarma) y el artículo 7 (que establece una duración hasta el 31 de diciembre de 2020). También planteó varias cuestiones que surgen del texto legal, como si realmente se crea un derecho sustantivo a compensación, si este es automático, cómo se aplica el interés del menor o si hay discriminación entre hijos matrimoniales o no matrimoniales, entre otras dudas que fueron debatidas por los participantes en la jornada.

Puede acceder al vídeo de la jornada, en este enlace.