Las peculiaridades del Tribunal del Jurado, a fondo en una jornada del Grupo de Derecho Penal

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El artículo 125 de la Constitución Española establece que “los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los tribunales consuetudinarios y tradicionales”. Esta es el punto de partida de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, una figura jurídica con elementos diferenciadores muy marcados respecto a otros procedimientos habituales de la Jurisdicción Penal, como el sumario o el abreviado.

Para profundizar en estas notas características y peculiaridades del jurado, el Grupo de Derecho Penal y Penitenciario del Colegio de Abogados de Granada celebró el pasado 22 de octubre una nueva acción formativa en la que intervinieron Carlos Yáñez Martínez, fiscal de la Fiscalía Provincial de Granada, y Rafael López Guarnido, abogado granadino y diputado de la Junta de Gobierno de la Corporación.

De forma intercalada, los ponentes plantearon la jornada en tres grandes bloques. En el primero, Yánez y López Guarnido compartieron sus opiniones sobre el Tribunal del Jurado, coincidiendo ambos en su respaldo a dicha institución, sin obviar las quejas generalizadas que recibe la normativa, como la capacidad de influencia de los letrados, el menoscabo del poder del juez o la determinación de los delitos que se someten a la Ley del jurado. “Considero que el jurado es uno de los sitios donde los abogados tenemos más campo de desarrollo en nuestra acción, quizá porque quien nos oye se presenta a ella sin ningún tipo de prejuicio”, comentó el letrado. “Es un sistema de justicia que a mí me genera confianza y seguridad” añadió el fiscal.

 A continuación, los expertos pasaron a detallar los aspectos diferenciadores entre la Ley del Jurado y el resto de procedimientos penales a nivel de instrucción y, especialmente, en la fase del juicio oral, donde se concentran las principales particularidades del proceso, como las especialidades probatorias existentes en este ámbito, los interrogatorios, la argumentación y discurso, el objeto del veredicto, la deliberación o el acta de votación.

Puedes acceder al vídeo de la jornada, en este enlace.