Una jornada sobre los fondos buitre en materia de Consumo atrae el interés de casi 150 colegiados

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A partir del año 2012, España experimentó un auge de los denominados fondos buitre, organizaciones económicas de capital riesgo o de inversión libre que adquieren títulos de deuda a un menor costo para poder, con posterioridad, presionar y poder cobrar íntegramente el valor de esa deuda que han adquirido, además de sumar los intereses por los años adeudados.

Para arrojar luz a esta práctica, el Grupo Especializado de Derecho de Consumo del Colegio de Abogados de Granada dedicó su última sesión del ciclo 'Consumo gusto' a esta materia, contando para ello con una doble perspectiva aportada por Pilar Garrido Osuna, abogada especializada en la defensa del consumidor, y Carlos Ruiz Cabrera, presidente de la Asociación Nacional de Entidades de Gestión Cobros (ANGECO). Una interesante acción formativa que atrajo el interés de los colegiados, registrándose cerca de 150 participantes en el evento, que fue presentado por la presidenta de la agrupación, Mariola Aguilar.

En este sentido, este último letrado comenzó la jornada explicando qué es y cuál es la misión de ANGECO, que agrupa a las compañías que tienen como objeto social prestar servicios de gestión de cobros de cantidades impagadas, tanto por vía amistosa como judicial. En concreto, Ruiz Cabrera expuso los fines y funciones de la asociación y compartió algunas cifras sobre la misma, como la facturación de casi 1.139.000 euros en 2020, provenientes en un 59% por vía amistosa y 41% por vía judicial, los 110 millones de expedientes gestionados o los 9.154 millones en deuda recuperada.

Por su parte, Garrido Osuna se encargó de la parte procesal en materia de gestión de cobros de deuda por estos fondos, aclarando qué puede hacer el abogado de un consumidor ante una demanda reclamando estos débitos en los que, muchas veces, no se sabe ni quién es su acreedor.  La letrada especializada en Consumo y Economía bancaria aportó unos conocimientos básicos sobre la figura de la cesión de créditos y su regulación y aclaró la causa del aluvión de demandas de los últimos meses, como consecuencia de la Ley 42/2015 que modificó el Código, reduciendo el plazo de prescripción de las acciones personales sin plazo específico.

Asimismo, la ponente desgranó los elementos que los abogados deben tener en cuenta a la hora de defender a los consumidores, refiriéndose a la acreditación de los avisos, la legitimación activa y pasiva, las cantidades que se pueden reclamar o la diferente casuística procesal, con especial hincapié en el proceso monitorio.  Todo ello, acompañado por referencias jurisprudenciales.

Puedes acceder al vídeo de la jornada, en este enlace.