El pago de la mora por las aseguradores protagoniza una jornada del Grupo de Circulación y Seguros

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¿Cuál es el interés del artículo 20 de la Ley de contrato de seguro en las reclamaciones derivadas de responsabilidad civil? Esta es la cuestión que analizó la última jornada formativa del Grupo Especializado de Derecho de Circulación y Seguros del Colegio de Abogados de Granada, celebrada el pasado 20 de diciembre en formato presencial y online.

La encargada de dar respuesta a esta materia fue Montserrat Peña Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Granada, acompañada por el presidente de la agrupación organizadora, Joaquín Perales, y la vocal Isabel Cardona. En este sentido, la ponente ofreció una exhaustiva panorámica jurisprudencial sobre este artículo 20, en el que se regula el pago de intereses moratorios por las aseguradoras.

“El artículo 20 sirve de acicate, de estímulo, para que la aseguradora cumpla en el momento y en el plazo en el que la ley le impone que tiene que cumplir a fin de reintegrar al perjudicado en la restitución de su derecho o interés legítimo”, explicó Peña. Como consecuencia, añadió, este carácter sancionador conlleva una interpretación de por sí restrictiva de las causas eximentes del pago del interés moratorio y requiere de una justificación racional. De ahí que una de las cuestiones que más litigiosidad genera en cuanto a la aplicación del artículo 20 es cuándo procede apreciar la causa justifica o no imputable como causa de exención del interés moratorio, según afirmó la experta, procediendo a desgranar los supuestos de concurrencia de esta exención.

Planteadas las bases normativas, la jornada también repasó una sistematización de la última doctrina del Tribunal Supremo sobre esta cuestión, aportando a su vez una amplia casuística, con ejemplos y sentencias en los que se ha apreciado o no esa causa justificada, tanto en el ámbito de Tráfico, como en otras esferas de la responsabilidad civil. Finalmente, la magistrada-juez también comentó con los presentes otras cuestiones procesales y materiales de índole diversa en relación con el protagónico artículo 20, apoyándose a su vez en sentencias muy particulares que quiso poner en conocimiento de los participantes. 

Puedes acceder al vídeo de la jornada en este enlace.