El Grupo de Consumo plantea un debate sobre la notificación al deudor desde una doble perspectiva

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La notificación a los consumidores en el caso de cesión de fondos y la inclusión en ficheros de morosos fue el tema elegido por el Grupo Especializado de Derecho de Consumo del Colegio de Abogados de Granada para la jornada celebrada el pasado 20 de febrero.

Con un enfoque participativo, en el que “todos aprendan de todos”, según explicó la presidenta de la agrupación, Mariola Aguilar, el evento formativo permitió a los colegiados poner en común y debatir sobre las vicisitudes que plantea la notificación previa a los consumidores. De hecho, la jornada contó con una interesante doble perspectiva para poder profundizar en la materia desde todos los ángulos. En concreto, la visión de la defensa de las entidades bancarias y fondos de inversión corrió a cargo de la letrada Mercedes Ruiz-Rico Vera, socia del Área de Derecho Procesal Civil en Auren Abogados y profesora del Máster de Asesoría Jurídica de Empresas de la Universidad de Granada. Por su parte, la abogada Pilar Garrido Osuna, vocal del Grupo de Derecho de Consumo y Máster en Economía Bancaria por la Universidad de Sevilla, analizó el ítem desde la defensa del consumidor.

Así, las expertas aclararon la diferencia entre cesión de crédito, donde no se requiere conocimiento ni consentimiento del deudor, la cesión de un préstamo, en la que sí es preceptivo el conocimiento y el consentimiento, y la cesión de un préstamo hipotecario (que, además, requiere unos elementos específicos, como son la escritura, la inscripción en el Registro de la Propiedad y, antes de 2007, la notificación al deudor.

Aclarados estos puntos, la charla prosiguió evaluando la posible nulidad de la cláusula de renuncia a la notificación de la cesión de préstamos hipotecarios, sus posibles consecuencias y su papel como mecanismo de interrupción de la prescripción de las deudas. A través de ejemplos prácticos, Ruiz-Rico y Garrido debatieron sobre la exigencia de la notificación, las características que debe reunir la misma y cómo opera esta figura en la inscripción en los registros de morosos. ofreciendo un completo repaso jurisprudencial que permitió a los asistentes conocer las posibles argumentaciones jurídicas para poder atender a clientes de ambas partes.

Puedes acceder al vídeo de la jornada en este enlace.